Todo a distancia: nos envías fotos y vídeos desde el móvil y un técnico competente colegiado firma tu informe, con plena validez legal.
Informe de daños eléctricos
49,99 €
1 aparato · IVA incluido
Entrega en 96 horas desde la confirmación del pago
El estudio de viabilidad es gratuito: si tu caso no es viable, no pagas nada.
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Describe el siniestro y envíanos fotos o vídeos desde el móvil o el ordenador. Nadie tiene que ir a tu casa.
En 48 horas te decimos si es viable y el precio cerrado, sin coste alguno.
Aceptas el alcance y el precio, y pagas online de forma segura con Stripe.
Descargas el PDF firmado por un técnico competente colegiado desde tu área privada.
Es lo que mejor hacemos: acreditar la existencia, la causa y el origen de un daño eléctrico para justificarlo ante tu aseguradora.
Entrega en 96 horas desde la confirmación del pago
49,99 € el primer aparato y 20,00 € por cada aparato adicional, IVA incluido. El estudio de viabilidad es siempre gratuito.

Todos los precios incluyen IVA (21%). El importe final siempre se confirma en el estudio de viabilidad gratuito, antes de pagar.
Cuando no estás conforme con la valoración de tu aseguradora, un informe pericial de parte respalda tu reclamación.
Informe pericial para reclamar a tu aseguradora ante disconformidad con la peritación de tu vehículo.
Desde 149,99 € (IVA incluido), según tramo de valoración
Informe pericial para reclamar a tu aseguradora ante disconformidad en otros siniestros patrimoniales.
Desde 149,99 € (IVA incluido), según tramo de valoración
Valoración económica de tu vehículo o de tu vivienda, a precio fijo.
No necesitas que un perito vaya a tu casa. Analizamos las fotos y vídeos que nos envías y el informe lo firma un técnico competente colegiado, con el mismo rigor que si hubiera estado allí.
La ley no exige visita presencial
La Ley de Enjuiciamiento Civil no obliga al perito a examinar el daño en persona: puede elegir el método de análisis más adecuado.
Tus imágenes y vídeos son prueba
La ley admite expresamente las imágenes y grabaciones como medio de prueba (art. 382 LEC).
Cuenta el rigor, no la presencia
Los jueces valoran un informe por lo bien fundamentado que está, no por si el perito estuvo allí (art. 348 LEC).
Es la elaboración del informe a partir de las fotos y vídeos que tú mismo aportas, sin necesidad de que un técnico se desplace a tu domicilio. Es un método reconocido y utilizado habitualmente en el sector asegurador.
Sí, es plenamente válido y legal. La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) no exige en ningún caso que el perito realice una visita presencial para que el dictamen sea válido: reconoce su libertad para elegir el método de examen más adecuado (arts. 335 y 340 LEC) y admite expresamente fotografías, vídeos y demás medios de reproducción digital como prueba (art. 382 LEC). Los tribunales valoran los informes por su rigor técnico y coherencia, no por la presencia física del perito (art. 348 LEC), por lo que un informe telemático bien fundamentado tiene la misma fuerza probatoria que uno presencial. Para reforzarlo, verificamos la integridad del material mediante metadatos y huella digital (SHA-256), y el perito firma bajo juramento de objetividad y responsabilidad civil y penal (art. 335.2 LEC y art. 458 del Código Penal). Si hiciera falta ratificarlo ante un juez, la ley permite hacerlo por videoconferencia (art. 137 bis LEC).
El informe lo elabora un técnico competente colegiado y tiene plena validez técnica. No obstante, la decisión de admitirlo corresponde en exclusiva a tu aseguradora; no podemos garantizar el resultado de tu reclamación.
En 48 horas te decimos si tu caso es viable y el precio cerrado. Solo pagas si estás conforme.
Material verificado
Comprobamos que tus fotos y vídeos no se han alterado, mediante sus metadatos y una huella digital (SHA-256).
Defensa por videoconferencia
Si hubiera que ratificar el informe ante un juez, la ley permite hacerlo por videoconferencia (art. 137 bis LEC).
Método habitual del sector
La foto-vídeo peritación es un método reconocido y utilizado a diario por el propio sector asegurador.
Si el informe técnico ha sido solicitado por tu compañía de seguros, su importe puede reclamarse como parte de los gastos de localización de la avería, a los que tienes derecho como asegurado dentro de la cobertura de tu póliza. Para ello, presenta a tu aseguradora la factura que te entregamos junto con el informe. El alcance y los límites de esa cobertura dependen de las condiciones de tu póliza, y la decisión sobre el reembolso corresponde a tu aseguradora.
El estudio de viabilidad es siempre gratuito. Si no es viable, te explicamos por qué y no se te cobra nada.
El estudio de viabilidad tarda hasta 48 horas desde tu solicitud. El informe de daños eléctricos se entrega en un máximo de 96 horas desde la confirmación del pago. Los informes periciales tienen un plazo orientativo de 5-7 días hábiles.
Sí, dispones de 14 días de derecho de desistimiento salvo que hayas solicitado expresamente el inicio inmediato del servicio (lo verás claramente antes de pagar). Consulta los Términos y condiciones para el detalle completo.
No. Si es la aseguradora quien utiliza el informe como prueba en un procedimiento judicial, será ella quien deba satisfacer los honorarios de la defensa del informe en sede judicial, pactados previamente con el perito, sin coste para ti. Solo correrían por tu cuenta si eres tú quien utiliza directamente el informe para tu propia reclamación. Esta cláusula figura además en el propio informe.