¿Es válido un informe pericial sin visita presencial?
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En resumen
Sí. La Ley de Enjuiciamiento Civil no exige que el perito examine el daño en persona: le permite elegir el método de examen más adecuado (arts. 335 y 340), admite fotografías y vídeos como prueba (art. 382) y los jueces valoran el dictamen por su rigor según las reglas de la sana crítica (art. 348).
Qué dice la ley
La Ley de Enjuiciamiento Civil reconoce al perito libertad para elegir el método de examen dentro de su especialidad y no impone la inspección presencial como requisito de validez. Además, admite expresamente las fotografías, los vídeos y demás medios de reproducción como prueba. El valor de un informe depende de lo bien fundamentado que esté, no de si el perito estuvo en el lugar.
Si hiciera falta ratificar el informe ante un juez, la ley permite hacerlo por videoconferencia (art. 137 bis LEC).
Cuándo basta con fotos y vídeos
La foto-vídeo peritación funciona bien cuando el daño es visible y se puede documentar: aparatos dañados por una sobretensión, golpes en un vehículo, daños por agua en paredes y suelos, o la valoración de un bien con su documentación. Si el daño está oculto y exige desmontar o ensayar, el estudio de viabilidad previo lo detecta y te lo dice antes de que pagues.
Cómo se garantiza que el material es auténtico
Se comprueban los metadatos de cada foto y vídeo (fecha, dispositivo) y se calcula su huella digital (SHA-256), que cambiaría con cualquier alteración. Así el informe puede acreditar que analizó el material original.
Qué fotos y vídeos hacer
- Una vista general del objeto o la estancia, para situar el daño.
- Primeros planos del daño, con buena luz y sin zoom digital.
- La etiqueta con marca, modelo y número de serie, en aparatos y vehículos.
- Un vídeo corto que muestre el fallo (por ejemplo, un aparato que no enciende).
- Fotos de antes del siniestro, si las tienes: ayudan a demostrar que el daño es nuevo.
Preguntas frecuentes
¿Puede mi aseguradora rechazar el informe por no haber visita?
Puede discutirlo, pero la ley no exige la visita presencial. Lo que se valora es el rigor técnico del informe y la calidad de las pruebas en que se apoya.
¿Sirven las fotos hechas con el móvil?
Sí, siempre que se vea bien el daño. Las fotos originales del móvil conservan sus metadatos, que ayudan a acreditarlas.
¿Y si el perito necesita ver algo más?
Te pedirá más fotos, vídeos o documentos durante el estudio de viabilidad. Si el caso no se puede resolver a distancia, te lo dice y no pagas nada.
¿Necesitas el informe?
- Daños eléctricos · Desde 49,99 € (IVA incluido) el primer aparato
- Reclamación por daños en vehículo · Desde 149,99 € (IVA incluido), según tramo de valoración
- Reclamación por riesgos diversos · Desde 149,99 € (IVA incluido), según tramo de valoración